JurídicoESEN

Article 2.2.12.3.2

Llamadas Internacionales Entrantes

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Llamadas internacionales entrantes. Para el caso de llamadas internacionales entrantes, se seguirán los mismos procedimientos expuestos en el presente Plan con excepción de los términos que serán así:

1.

El período de coexistencia se inicia en la fecha que defina el Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones según lo establecido en el artículo 2.2.12.1.2.6. del presente decreto, y tendrá una duración de 5 meses.

2.

El período de establecimiento tiene una duración de 4 meses, contados a partir de la finalización del período de coexistencia.

Las grabaciones correspondientes deberán dar la información en inglés, francés y español como mínimo.

(Decreto 25 de 2002, artículo 47, modificado por el artículo 3° del Decreto 2455 de 2003)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1078 de 2015