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Article 5

Los Criterios Básicos Para La Determinación Del Grado De Complejidad De Los Servicios Que Puedan Prestar Las Diferentes Entidades De Salud Son: A) Patologías Que Atiendan O Preven Atender Con Su Grado De Severidad Y La Frecuencia De La Misma; B) Base Poblacional; C) Tipo Y Nivel De Formación Del Personal Y Vinculado; D) Características Y Condiciones Del Instrumental Y Equipo Disponible; E) Apropiación Y Uso De La Tecnología Disponible En La Entidad; F) Características De La Planta Física; G) Características De La Entidad: - Ubicación Geográfica, Características Sociales Y Culturales De La Población; - Población Cubierta En Términos Del Régimen De Referencia Y Contrarreferencia Y Tipos De Servicios Que Requiere La Población; - Volumen De Recursos Financieros, Dedicados A Funcionamiento E Inversión

Decreto 1760 de 1990 · por el cual se establecen y definen los niveles de atención, tipo de servicio y grados de complejidad.

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01

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° Los criterios básicos para la determinación del grado de complejidad de los servicios que puedan prestar las diferentes entidades de salud son

a)

Patologías que atiendan o preven atender con su grado de severidad y la frecuencia de la misma;

b)

Base poblacional;

c)

Tipo y nivel de formación del personal y vinculado;

d)

Características y condiciones del instrumental y equipo disponible;

e)

Apropiación y uso de la tecnología disponible en la entidad;

f)

Características de la planta física;

g)

Características de la entidad: - Ubicación geográfica, características sociales y culturales de la población; - Población cubierta en términos del Régimen de Referencia y Contrarreferencia y tipos de servicios que requiere la población; - Volumen de recursos financieros, dedicados a funcionamiento e inversión.

Parágrafo

La determinación de los grados de complejidad para los diferentes servicios, será la base para la definición y establecimiento de las responsabilidades mínimas en salud de cada ente territorial y de los servicios que por sus características de especialidad deban tener carácter permanente o transitorio. De la clasificación de las instituciones para ser de orden municipal (primer nivel) departamental, intendencial o comisarial (segundo o tercer nivel).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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