El Decano de la Escuela de Graduados, y los; Jefes de los departamentos Científicos serán nombrados por el Director del Hospital, previa aprobación de la junta Directiva, y por recomendación del Consejo Académico, y trabajarán con dedicación exclusiva al Hospital. Tanto el Decano como los Jefes de los Departamentos Científicos serán escogidos preferentemente entre el cuerpo de profesores de la Escuela, en caso de que parte del personal médico reciba esta investidura, de la Universidad asociada de que se habla mes adelante.
Decreto 468 de 1961 →In force
Article 85
El Decano De La Escuela De Graduados, Y Los; Jefes De Los Departamentos Científicos Serán Nombrados Por El Director Del Hospital, Previa Aprobación De La Junta Directiva, Y Por Recomendación Del Consejo Académico, Y Trabajarán Con Dedicación Exclusiva Al Hospital
Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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