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Article 6

Ley 3 de 1977 · Por la cual se provee a la reorganización del Sector Aeronáutico Civil

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01

Text of the article

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Corresponde al Fondo Aeronáutico Nacional proveer a la realización de los estudios y de las obras que se requieran para conformar y mantener la infraestructura aeronáutica de la Nación. Para el cumplimiento de su objetivo la entidad deberá financiar:

1.

Los estudios necesarios para la elaboración de planes y proyectos.

2.

Los trabajos necesarios para la construcción, conservación, mejora, adición e instalación de los bienes y servicios que requiera la infraestructura aeronáutica de la Nación.

3.

Los contratos de interventoría que deban celebrarse para verificar la ejecución y cumplimiento de los trabajos y actividades de los contratistas.

4.

La adquisición de bienes muebles e inmuebles.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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