JurídicoESEN

Article 25

Concluida La Exploración Técnica, Los Beneficiarios Presentarán Al Ministerio De Minas Y Petróleos Un Proyecto De Desarrollo, Explotación Y Tratamiento, Acorde Con Las Características Del Yacimiento, Con El Volumen De Las Reservas Probadas Y Con El Promedio De Riqueza De Las Sustancias De Que Se Trate, Especificando Los Planes Iniciales Y Ulteriores De Producción, Acompañados De Los Estudios Sobre Inversión Y Rentabilidad

Decreto 292 de 1968 · Por el cual se reglamenta la Ley 60 de 1967, y se dictan otras disposiciones relacionadas con la exploración y explotación de minerales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Concluida la exploración técnica, los beneficiarios presentarán al Ministerio de Minas y Petróleos un proyecto de desarrollo, explotación y tratamiento, acorde con las características del yacimiento, con el volumen de las reservas probadas y con el promedio de riqueza de las sustancias de que se trate, especificando los planes iniciales y ulteriores de producción, acompañados de los estudios sobre inversión y rentabilidad. Esta obligación se extiende a todos los titulares de depósitos mineros. El Ministerio podrá aceptar o negar el proyecto. Para ello tendrá en cuenta los niveles de producción que se requieran para sustituir importaciones o aumentar las exportaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 292 de 1968