° El inciso 3° del artículo 13 del Decreto 2799 de 1980 quedará así: El representante legal deberá entregar al ICFES, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha en que quede ejecutoriado el acto administrativo mediante el cual se hace el reconocimiento de personería jurídica, copia auténtica de la escritura con la correspondiente constancia de registro, si se hubieren aportado derechos reales. El ICFES se abstendrá de conceder licencia de funcionamiento a los programas de la entidad, mientras no se dé cumplimiento a esta exigencia.
Article 1
El Inciso 3° Del Artículo 13 Del Decreto 2799 De 1980 Quedará Así: El Representante Legal Deberá Entregar Al Icfes, Dentro De Los Dos (2) Meses Siguientes A La Fecha En Que Quede Ejecutoriado El Acto Administrativo Mediante El Cual Se Hace El Reconocimiento De Personería Jurídica, Copia Auténtica De La Escritura Con La Correspondiente Constancia De Registro, Si Se Hubieren Aportado Derechos Reales
Decreto 989 de 1983 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2799 de 1980
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.