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Article 43

Cursos Para Ascenso

Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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Text of the article

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Cursos para Ascenso. Para ascender a los grados de Teniente de Fragata, Capitán o Teniente de Navío y Mayor o Capitán o Teniente de Navío y Mayor o Capitán de Corbeta se requiere hacer y aprobar los cursos de capacitación de acuerdo con reglamentación que expida el Gobierno.

Parágrafo

Los Oficiales de las Armas del Ejército, los del Cuerpo de Infantería de la Armada y los de Vuelo y de Infantería de Aviación de la Fuerza Aérea para ingresar a estos cursos deberán haber desarrollado y aprobado con anterioridad un curso para adquirir una especialidad de combate.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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