Corresponde al Gobierno decidir sobre la circunstancia de ser aplicable a las obras, empresas y establecimientos eximibles del derecho de aduana, las mercaderías cuya importación libre se solicite por los interesados y determinar, teniendo en cuenta la importancia de las obras, empresas y establecimientos de que se trata, la cantidad en que dichas mercaderías puedan ser necesarias.
Article 10
Corresponde Al Gobierno Decidir Sobre La Circunstancia De Ser Aplicable A Las Obras, Empresas Y Establecimientos Eximibles Del Derecho De Aduana, Las Mercaderías Cuya Importación Libre Se Solicite Por Los Interesados Y Determinar, Teniendo En Cuenta La Importancia De Las Obras, Empresas Y Establecimientos De Que Se Trata, La Cantidad En Que Dichas Mercaderías Puedan Ser Necesarias
Decreto 610 de 1927 · Por el cual se dictan varias disposiciones en cuanto a la exención de derechos de importación de que gozan algunas entidades públicas o privadas
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