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Article 2

Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Segundo

Decreto 718 de 1968 · por el cual se establecen normas sobre el pago de prestaciones sociales de los servidores de la Nación, y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo segundo. Ejecutoriada una sentencia contra el Estado, se comunicará al Gobierno a través del respectivo Ministerio o Departamento Administrativo, para que le dé cumplimiento si tiene facultades para hacerlo, o de no, para que inmediatamente que sea posible promueva la expedición de un acto legislativo que haga la sentencia eficaz. Entiéndese esto sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 551 del Código Judicial sobre el modo de cumplir la sentencia en que se ordena la entrega de una cosa, raíz o mueble.

Parágrafo

Si se tratare de una sentencia en la cual se condene al Estado a pagar una suma de dinero, se comunicará al respectivo Ministerio o Departamento Administrativo para su inclusión en el presupuesto del respectivo despacho.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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