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Article 6

Ley 126 de 1938 · Sobre suministro de luz y fuerza eléctrica a los Municipios, adquisicion de empresas de energia eléctrica, de teléfonos y de acueductos e intervención del Estado en la prestacion de los servicios de las mimas empresas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Repealed

Tendrá también derecho a la cooperación económica de la Nación, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley, los Municipios que carezcan de servicio de energía eléctrica y puedan derivarla de plantas establecidas en otros Municipios.

Parágrafo

El aporte nacional a que se refiere la presente Ley se hará por una sola vez para cada caso y de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Gobierno.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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