Tendrá también derecho a la cooperación económica de la Nación, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley, los Municipios que carezcan de servicio de energía eléctrica y puedan derivarla de plantas establecidas en otros Municipios.
El aporte nacional a que se refiere la presente Ley se hará por una sola vez para cada caso y de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Gobierno.