JurídicoESEN

Article 9

" La Orden De Anulación O Cancelación" Para Los Giros Librados De Conformidad Con Lo Establecido En El Presente Decreto, Se Efectuará, A Solicitud Escrita Del Ordenador Primario O Su Delegado, Por El Jefe De La División Delegada De Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Ante La Entidad Ordenadora Con La Refrendación Del Respectivo Auditor

Decreto 2886 de 1981 · Por el cual se reglamenta el artículo 95 del Decreto- Ley 294 de 1973 y los artículos 47,48,49 y 50 de la Ley 42 de 1923

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Articulo 9º " La Orden de Anulación o Cancelación" para los giros librados de conformidad con lo establecido en el presente Decreto, se efectuará, a solicitud escrita del ordenador primario o su delegado, por el Jefe de la División Delegada de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ante la entidad ordenadora con la refrendación del respectivo Auditor. Estar solicitud debe ser dirigida a la Tesorería General de la República, para su estudio y aprobación, la cual deberá comunicar tal aprobación a las mismas entidades o dependencias enunciadas en el artículo 6º de este Decreto, según el caso. Una vez se cumpla este requisito será contabilizada por la correspondiente División Delegada de Presupuesto. En el caso de que el Tesorero haya hecho la situación de fondos, deberá ordenar en forma inmediata el correspondiente reintegro de los recursos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2886 de 1981