Procedimiento para realizar la inspección aduanera de fiscalización. La inspección aduanera se decretará mediante auto que se notificará por correo, o personalmente debiéndose en él indicar los hechos materia de la prueba y los funcionarios comisionados para practicarla. La inspección aduanera se iniciará una vez notificado el auto que la ordene. De ella se levantará un acta que contenga todos los hechos, pruebas y fundamentos en que se sustente y la fecha de cierre, debiendo ser suscrita por los funcionarios que la adelantaron. Cuando de la práctica de la inspección aduanera se derive una actuación administrativa, el acta respectiva constituirá parte de la misma. El término para realizar esta inspección será de dos (2) meses, prorrogable por un periodo igual, contado a partir del acto que ordena la diligencia.
Decreto 2685 de 1999 →In force
Article 473
Decreto 2685 de 1999 · por el cual se modifica la Legislación Aduanera
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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