JurídicoESEN

Article 5

Para Que La Dirección General Del Presupuesto Pueda Someter A Consideración Del Consejo De Ministros Los Acuerdos De Obligaciones Y Mensual De Ordenación De Gastos Que Requieran Los Establecimientos Públicos En La Vigencia Fiscal, Será Requisito Indispensable Disponer De La Información Exigida Por El Presente Decreto

Decreto 1031 de 1988 · por el cual se reglamentan los artículos 150 y 151 del Decreto extraordinario 294 de 1973.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Para que la Dirección General del Presupuesto pueda someter a consideración del Consejo de Ministros los acuerdos de obligaciones y mensual de ordenación de gastos que requieran los establecimientos públicos en la vigencia fiscal, será requisito indispensable disponer de la información exigida por el presente Decreto. Las solicitudes de modificaciones de los presupuestos de las entidades descentralizadas que no cumplan con el envío de la información relacionada en el presente Decreto no serán conceptuadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta que no se presente la documentación correspondiente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1031 de 1988