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Article 87

Las Empresas De Energía Eléctrica Y Las Entidades Territoriales Que Presten El Servicio En Los Nuevos Departamentos Tendrán Derecho A Recibir Recursos Dentro Del Programa “distribución De Recursos Para Pagos Por Menores Tarifas Sector Eléctrico”, Que Por Valor De S37

Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

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ARTICULO 87. Las empresas de energía eléctrica y las entidades territoriales que presten el servicio en los nuevos departamentos tendrán derecho a recibir recursos dentro del Programa “Distribución de Recursos para pagos por menores tarifas sector eléctrico”, que por valor de S37.000.000.000 aparecen en el presupuesto de inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Para tal efecto, se transferirá hasta la mitad del monto de los subsidios que estas empresas otorguen a sus usuarios, según estudio que presenten al Ministerio de Minas y Energía en donde se demuestre el monto del subsidio otorgado. En concordancia con el Departamento Nacional de Planeación.

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Constitutional history

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