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Article 3

Ley 17 de 1970 · Por la cual se dictan normas sobre las Comisiones del Congreso

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01

Text of the article

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Son funciones de la Comisión del Plan:

1.

Dar primer debate al proyecto que establezca el Plan de Desarrollo Económico y Social, o a los que lo modifiquen o adicionen, incluyendo los proyectos referentes a planes y programas sectoriales, como los de obras públicas, educación, salubridad, telecomunicaciones, adecuación de tierras, vivienda, aeropuertos, fomento eléctrico, fomento industrial, y demás, que estando encomendados a Establecimientos Públicos nacionales deban integrarse en el Plan General.

2.

Determinar los recursos con que se debe dar cumplimiento al Plan General o a los planes sectoriales.

3.

Vigilar la ejecución del Plan General de Desarrollo Económico y Social y señalar las medidas necesarias para impulsar su adecuado cumplimiento.

4.

Vigilar la evolución del gasto público.

5.

Solicitar al Gobierno y a las diversas entidades de derecho público y privado, los informes que considere necesarios para el mejor cumplimiento de su misión.

6.

Rendir a las Cámaras los informes que éstas le soliciten sobre el cumplimiento del Plan de Desarrollo Económico y Social, y de los demás planes sectoriales.

7.

Convocar a la Comisión para sesionar cuando el Congreso no esté reunido, si así lo considera conveniente.

8.

Elegir de su seno tres Senadores y tres Representantes para que concurran, con carácter informativo, con voz pero sin voto, a los organismos nacionales encargados de preparar los Planes de Desarrollo Económico y Social.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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