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Article 43

Decreto 706 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 03 de 1991 en cuanto a la aplicación del subsidio familiar de vivienda en dinero para áreas urbanas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Asignación. Es el acto por medio del cual la entidad otorgante del subsidio familiar de vivienda, define, según la calificación obtenida y la disponibilidad de recursos para cada convocatoria, los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda. Las asignaciones serán comunicadas personalmente y publicadas en medios masivos de comunicación social, indicando los hogares beneficiarios del subsidio, el puntaje alcanzado y el monto del subsidio asignado. La publicación se hará nacional o territorialmente, según sea del caso. En las regionales del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y en las Cajas de Compensación Familiar obligadas a constituir fondo, se publicará un listado que incluya la totalidad de hogares que se postularon en la convocatoria, con indicación de los puntajes de calificación.

Parágrafo 1

Cuando concurran los Fondos de Cofinanciación, la asignación de los subsidios y de los recursos de los Fondos, para aplicar a soluciones de Mejoramiento Integral de Vivienda y Entorno, se hará en forma simultánea.

Parágrafo 2

Las solicitudes que no fueron atendidas en la convocatoria para la cual se postularon, continuarán pendientes en la entidad otorgante respectiva. Si en la siguiente asignación no salen favorecidas, aquellas se descartarán, sin perjuicio del derecho a nueva postulación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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