º. Quienes tengan la facultad para conceder vacaciones, puede aplazarlas por necesidades del servicio, dejando constancia en la hoja de vida del empleado o trabajador. Si por razones del servicio se presenta interrupción justificada en el goce de vacaciones, el empleado o trabajador no pierde el derecho a disfrutarlas en su totalidad. Se prohíbe conceder permisos o licencias con cargo a vacaciones.
Article 8
Quienes Tengan La Facultad Para Conceder Vacaciones, Puede Aplazarlas Por Necesidades Del Servicio, Dejando Constancia En La Hoja De Vida Del Empleado O Trabajador
Decreto 611 de 1977 · Por el cual se fija el régimen de prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales de los Establecimientos Públicos y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, adscritos o vinculados al Ministerio de Defensa Nacional
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Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.