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Article 18

En Cada Instituto Docente Se Podrá Constituir Dentro De Cada Vigencia Fiscal, La Caja Menor Las Que Se Llevarán Con Sujeción A Las Normas Vigentes

Decreto 1592 de 1988 · por el cual se reglamenta la administración de los Fondos de Fomento de Servicios Docentes de los Institutos Docentes Nacionales y Nacionalizados y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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En cada Instituto Docente se podrá constituir dentro de cada vigencia fiscal, la Caja Menor las que se llevarán con sujeción a las normas vigentes.

Parágrafo

La ordenación de la Caja Menor estará a cargo del Director o Rector del plantel, que será el mismo que tiene la ordenación del gasto del Fondo. El Rector ordenador designará a un funcionario administrativo del Instituto, que será el encargado del manejo del Fondo de la Caja Menor, quien deberá cumplir con las normas legales y fiscales vigentes. En los Institutos Docentes en donde funcione más de una jornada, los Rectores de común acuerdo designarán el funcionario administrativo encargado del manejo del Fondo de la Caja Menor.

02

Constitutional history

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