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Article 4

Modifícase El Literal B) Y Adiciónase Un Literal Al Artículo 6º Del Decreto 167 Del 24 De Enero De 1995, Los Cuales Quedarán Así: "b) El Pago De Los Costos Del Reaseguro Contratado Por El Fondo Nacional De Riesgos Agropecuarios O Las Compañías De Seguros Que Exploten El Ramo De Seguro A La Inversión Agrícola, Por Concepto De Retrocesiones"

Decreto 846 de 2000 · por el cual se modifica el Decreto 167 del 24 de enero de 1995.

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01

Text of the article

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º. Modifícase el literal b) y adiciónase un literal al artículo 6º del Decreto 167 del 24 de enero de 1995, los cuales quedarán así: "b) El pago de los costos del reaseguro contratado por el Fondo Nacional de Riesgos Agropecuarios o las compañías de seguros que exploten el ramo de seguro a la inversión agrícola, por concepto de retrocesiones". "d) Atender el pago del subsidio a la prima de seguro del productor agropecuario, hasta en un 50% de sus utilidades del año inmediatamente anterior, de acuerdo con las determinaciones de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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