º. Todo individuo que ejerza la optometría está en la obligación de expedir al cliente o clientes la respectiva fórmula de las lentes que le prescriba, según la técnica científica, sin apelar a claves que imposibiliten el despacho de la fórmula en cualquier establecimiento de óptica, y en idioma español. El optómetra que contravenga esta disposición será castigado con multas de veinte a cincuenta pesos, multas que serán impuestas por los respectivos Jefes de Policía con arreglo al procedimiento que señalan los artículos 10 y 11 del Decreto 986 del 26 de abril de 1932.
Decreto 449 de 1933 →In force
Article 6
Todo Individuo Que Ejerza La Optometría Está En La Obligación De Expedir Al Cliente O Clientes La Respectiva Fórmula De Las Lentes Que Le Prescriba, Según La Técnica Científica, Sin Apelar A Claves Que Imposibiliten El Despacho De La Fórmula En Cualquier Establecimiento De Óptica, Y En Idioma Español
Decreto 449 de 1933 · Por el cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de optometría
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01
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02
Constitutional history
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