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Article 14

Establécese La Unidad Auxiliar De Casa Privada Como Una Dependencia De La Unidad Principal Operativa, La Cual Tendrá Las Siguientes Funciones Y Responsabilidades: 1

Decreto 692 de 1998 · por el cual se establecen las Unidades principales y auxiliares de la Subdirección del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se señalan sus funciones y responsabilidades.

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01

Text of the article

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Establécese la Unidad Auxiliar de Casa Privada como una dependencia de la Unidad Principal Operativa, la cual tendrá las siguientes funciones y responsabilidades

1.

Atender la prestación de los servicios necesarios para el normal funcionamiento de la Casa Privada de la Presidencia de la República.

2.

Proponer y coordinar con la Unidad Principal Financiera los recursos necesarios para la atención del funcionamiento de la Casa Privada.

3.

Elaborar y proponer el programa de adquisiciones de bienes y servicios que requiera el funcionamiento de la Casa Privada.

4.

Velar por la seguridad de las instalaciones de la Casa Privada y atender y coordinar el mantenimiento de la misma.

5.

Presentar los informes que le solicite el Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República en relación con los asuntos a su cargo.

6.

Las demás que le sean asignadas por el Jefe inmediato acordes con la naturaleza del cargo.

02

Constitutional history

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