JurídicoESEN

Article 17

Integración Y Articulación Del Sistema Electrónico Para La Contratación Pública

Decreto 3485 de 2011 · por el cual se reglamenta el Sistema Electrónico para la Contratación Pública y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Integración y articulación del Sistema Electrónico para la Contratación Pública. El Sistema Electrónico para la Contratación Pública integrará el Registro Único Empresarial de las Cámaras de Comercio y el Diario Único de Contratación Pública. Así mismo, se articulará con el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, creado por la Ley 598 de 2000, sin que este pierda su autonomía para el ejercicio del control fiscal a la contratación pública ni el SECOP su naturaleza de instrumento de gestión. El SECOP también integrará los demás sistemas que involucren la gestión contractual pública, según lo autorice la Comisión Intersectorial de Contratación Pública - CINCO o el órgano designado por el Gobierno Nacional, previo concepto del Comité Operativo a que se refiere el artículo 3° del presente decreto. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20 del presente decreto, sobre sistemas con las mismas funcionalidades del SECOP.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3485 de 2011