º. Entrada en Vigencia del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común . El nuevo Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común entrará en vigencia a partir del 1º de julio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 2381 de 2024.
Article 3
Entrada En Vigencia Del Sistema De Protección Social Integral Para La Vejez, Invalidez Y Muerte De Origen Común
Decreto 1225 de 2024 · por el cual se reglamenta el parágrafo transitorio del artículo 12 y los artículos 57, 75 y 76 de la Ley 2381 de 2024, relacionados con las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual y la selección de estas por parte de los afiliados, el régimen de transición y la oportunidad de traslado, respectivamente.
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Constitutional history
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