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Article 21

Ley 34 de 1978 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El acuerdo mensual de ordenación de gastos tendrá tres secciones: una para los gatos pagaderos con producto de los recursos propios, una para los aportes de Gobierno Nacional, y otra para las apropiaciones para gastos financieros con empréstitos.

A fin de garantizar el equilibrio presupuestal, los acuerdos mensuales de ordenación de gastos se someterán a las siguientes normas:

1- Las apropiaciones especificad para cubrir los gastos de funcionamiento que deba pagarse mensualmente se acodaran hasta por duodécimas partes.

2.

las apropiaciones financieras con recursos del Presupuesto Nacional, se acordaran hasta el monto aprobado por el Consejo de Ministros en el acurdo mensual de ordenación de gastos de la Nacional.

3.

el servicio de la deuda será acordado por el monto de los respetivos vencimientos mensuales.

4.

los pagos a organismos internaciones se acordarán en forma que permitir la atención puntual de las cuotas pactadas en los convenios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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