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Article 8

Decreto 35 de 1996 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

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Text of the article

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Artículo Octavo. A partir del 1o. de enero de 1996 la remuneración mensual de los Procuradores Departamentales y los Procuradores Distritales II de Santafé de Bogotá, D.C. de la Procuraduría General de la Nación, los Defensores Regionales grado 21 y el Secretario Privado grado 21 de la Defensoría del Pueblo, será de tres millones setenta y ocho mil seiscientos noventa y cuatro pesos ($3.078.694.00) moneda corriente, discriminados así, asignación básica un millón ciento ochenta y cuatro mil ciento trece pesos ($1.184.113.00) moneda corriente; gastos de representación un millón ciento ochenta y cuatro mil ciento trece pesos ($ 1.184.113.00) moneda corriente y prima especial setecientos diez mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos ($710.468.00) moneda corriente.

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Constitutional history

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