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Article 3

La Oficina De Registro De Cambios Concederá Preferencialmente Los Registros De Importación, Previa La Autorización Correspondiente De Los Ministerios De Fomento De Agricultura Y Ganadería, Según El Caso, Que Requieran Las Cooperativas De Consumo Para Adquirir En Los Mercados Extranjeros Materias Primas Y Artículos Alimenticios De Primera Necesidad Que No Se Produzcan En El País O Que Se Produzcan Insuficientemente

Decreto 752 de 1954 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre fomento y vigilancia de las cooperativas de producción agrícola y de consumo

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01

Text of the article

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°. La oficina de registro de cambios concederá preferencialmente los registros de importación, previa la autorización correspondiente de los Ministerios de Fomento de Agricultura y Ganadería, según el caso, que requieran las cooperativas de consumo para adquirir en los mercados extranjeros materias primas y artículos alimenticios de primera necesidad que no se produzcan en el país o que se produzcan insuficientemente. De igual modo dicha oficina concederá preferencialmente los registros de importación que requieran las cooperativas de producción agrícola para comprar en el Exterior maquinaria, herramientas, abonos, insecticidas y demás elementos destinados al fomento y tecnificación de la producción agropecuaria. Dichas compras deberán hacerse por conducto de la Caja de Crédito Agrario con su previa revisión y autorización.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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