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Article 2

Decreto 2002 de 1999 · por el cual se dictan medidas de inspección y vigilancia sobre una institución de utilidad común

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Adiciónanse los Estatutos de la Fundación Antonio Restrepo Barco con el siguiente artículo: "El Presidente de la República designará el representante legal y los miembros de la Junta Administradora, de la Fundación Antonio Restrepo Barco, en aquellos casos en que considere que el patrimonio de la misma se vea amenazado o cuando el mismo se haya reducido en más de un cincuenta por ciento (50%) o cuando considere que no se está cumpliendo la voluntad del fundador o cuando sea necesario remover a sus dignatarios incluyendo el representante legal. También podrá designar como representante legal a una persona jurídica de reconocida solvencia moral y económica. En cualquiera de estos eventos la Junta Administradora ejercerá las funciones indicadas en los presentes estatutos. Los designados mediante este procedimiento durarán en el ejercicio de sus funciones hasta cuando cesen los motivos que produjeron su designación o se produzca otra causa prevista en los estatutos".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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