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Article 14

Funciones De La Escuela De Justicia Penal Militar Y Policial

Decreto 312 de 2021 · Por el cual se fija la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.

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01

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Funciones de la Escuela de Justicia Penal Militar y Policial. La Escuela de la Justicia Penal Militar y Policial tendrá las siguientes funciones

1.

Formar, capacitar; actualizar y adiestrar en materias jurídicas y en técnicas de administración, gestión judicial e investigativa, entre otros, a los funcionarios y empleados al servicio de la Justicia Penal Militar y Policial.

2.

Coordinar la capacitación de los miembros de la Fuerza Pública que integren el Cuerpo Autónomo de la Justicia Penal Militar y Policial, en temas jurídicos, militares y policiales, técnicas de investigación, gestión judicial y en todas aquellas áreas relacionadas con el desempeño de sus funciones.

3.

Ofrecer a los servidores de la Justicia Penal Militar y Policial, de manera permanente, inducción y reinducción judicial en administración de justicia, tanto teórica como práctica.

4.

Desarrollar programas de enseñanza en técnicas de criminalística e investigación criminal tendientes a la modernización y eficiencia de la Justicia Penal Militar y Policial.

5.

Proponer a la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, la celebración de convenios con organismos nacionales e internacionales para la formación de funcionarios y empleados.

6.

Conformar, establecer y dirigir la Red de Formadores de la Jurisdicción Especializada y llevar su registro.

7.

Organizar eventos académicos nacionales e internacionales para promover el conocimiento de la Jurisdicción Especializada e intercambio con otras jurisdicciones.

8.

Expedir diplomas y certificados de aprobación o de asistencia a los participantes en los cursos, seminarios, coloquios u otras actividades docentes que realice.

9.

Promover, desarrollar y divulgar investigaciones científicas y técnicas para mejorar los métodos y sistemas de trabajo de los despachos judiciales de la Justicia Penal Militar y Policial.

10.

Adelantar investigaciones y estudios que sirvan como fundamento para la formulación de políticas y regulación de la Justicia Penal Militar y Policial.

11.

Publicar, divulgar y distribuir investigaciones y obras jurídicas, jurisprudencia y otros documentos relacionados con la Justicia Penal Militar y Policial.

12.

Definir sus propios programas de becas nacionales e internacionales para la preparación de funcionarios, empleados y de sus formadores.

13.

Formular, ejecutar y evaluar el plan anual de capacitación, inducción y reinducción de los servidores públicos.

14.

Llevar el registro de las capacitaciones, foros y eventos realizados a los servidores públicos.

15.

Establecer y mantener mecanismos de cooperación y apoyo académico con la Fuerza Pública, la Red de Escuelas del Estado y otras entidades públicas y privadas.

16.

Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

17.

Las demás funciones que le sean asignadas por el Director Ejecutivo y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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