º La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, las de Reconocimientos de los Ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Instrucción Pública, y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.
Article 3
La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, Las De Reconocimientos De Los Ministerios De Gobierno, De Hacienda Y De Instrucción Pública, Y Las Pagadoras Respectivas, Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto
Decreto 806 de 1922 · Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica y se rectifica la redacción de tres artículos del mismo
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