º Los ordinarios diocesanos y los párrocos podrán cobrar de los fieles los emolumentos y proventos eclesiásticos canónica y equitativamente establecidos y se funden, ya en la costumbre inmembrial de cada diócesis, ya en la prestación de servicios religiosos; y para los actos y compromisos de este origen produzcan efectos civiles y la autoridad temporal les preste su apoyo, los ordinarios procederán de acuerdo con el Gobierno.
Article 9
º Los Ordinarios Diocesanos Y Los Párrocos Podrán Cobrar De Los Fieles Los Emolumentos Y Proventos Eclesiásticos Canónica Y Equitativamente Establecidos Y Se Funden, Ya En La Costumbre Inmembrial De Cada Diócesis, Ya En La Prestación De Servicios Religiosos; Y Para Los Actos Y Compromisos De Este Origen Produzcan Efectos Civiles Y La Autoridad Temporal Les Preste Su Apoyo, Los Ordinarios Procederán De Acuerdo Con El Gobierno
Decreto 816 de 1888 · Por el cual se promulga como ley el Convenio con Santa Sede
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