El Comité Administrador estará integrado por un representante de cada; País Miembro. AI efecto, cada país designará un representante titular y un representante alterno, quienes deberán ser expertos en seguridad social. El Comité Administrador tendrá un Presidente que durará un año en su cargo. Dicha función será ejercida, sucesivamente, por cada uno de los representantes según el orden alfabético de los países. El primer Presidente será escogido por sorteo. Las decisiones del Comité Administrador las adoptarán por mayoría devotos de sus miembros integrantes. La Juntadel Acuerdo de Cartagena participará en las reuniones del Comité Administrador sin derecho a veto. El Comité Administrador dictará su reglamento interno, el cual será aprobado por unanimidad.
Decreto 222 de 1981 →In force
Article 18
Decreto 222 de 1981 · Por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional una norma andina supranacional indirecta
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.