La solicitud de la UBPD incluirá la información legalmente obtenida que acredite la existencia de motivos razonablemente fundados sobre la procedencia del acceso a y/o protección del lugar donde se tenga conocimiento de la presunta ubicación de una persona dada por desaparecida, viva o muerta.
La Sección de Revisión podrá solicitar información adicional a la aportada y decidirá en un término no superior a tres (3) días contados a partir de la solicitud. Este trámite tendrá carácter reservado.