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Article 1

Mientras Se Da Cumplimiento A La Organización Administrativa De Los Colegios Mayores Dependientes Del Ministerio De Educación Nacional, Prevista En Los Decretos Extraordinarios 83 De 1980 Y 272 De 1982, El Personal Directivo De Tales Unidades Administrativas Especiales Devengará Las Siguientes Asignaciones Básicas Mensuales, A Partir Del 1° De Enero De 1988: Rector $ 100

Decreto 106 de 1988 · por el cual se fija la remuneración de los empleos Directivos de los Colegios Mayores.

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01

Text of the article

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° Mientras se da cumplimiento a la organización administrativa de los Colegios Mayores dependientes del Ministerio de Educación Nacional, prevista en los Decretos extraordinarios 83 de 1980 y 272 de 1982, el personal Directivo de tales Unidades Administrativas Especiales devengará las siguientes asignaciones básicas mensuales, a partir del 1° de enero de 1988: Rector $ 100.330. Director de Escuela $ 88.570.

Parágrafo

Cuando el personal Directivo a que se refiere este artículo estuviere inscrito en el Escalafón Nacional Docente, podrá optar por la anterior remuneración o por el salario que le corresponda según el grado que acredite, más el porcentaje por el ejercicio del cargo. Para este último efecto el cargo de Rector de Colegio Mayor equivale al de Rector de Establecimiento de Educación Media Vocacional, y el de Director de Escuela, al de Coordinador de dichos establecimientos.

02

Constitutional history

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