El Poder Ejecutivo autorizara por medio de Decreto las necesarias emisiones de sellos o estampillas que deban utilizarse para el pago de las sobretasas especiales de que trata el artículo 3°. Estas emisiones se harán en establecimiento que de absolutas garantías de control, en papel especial y con todos los requisitos y precauciones de que dispone la litografía moderna para dificultar falsificaciones y emisiones fraudulentas. En la preparación y distribución de estas emisiones podrá intervenir el representante de la entidad que suscriba el empréstito, y en la leyenda de las estampillas se hará constar brevemente el objeto a que su producto se destina.
Ley 85 de 1936 →In force
Article 10
Ley 85 de 1936 · Por la cual se provee a la construcción del Palacio de Comunicaciones en la ciudad de Bogotá y se dicta una disposición sobre transporte de correos nacionales
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.