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Article 1

Decreto 3273 de 2002 · por el cual se reglamenta la Ley 757 de julio 25 de 2002 y se crea una Comisión Intersectorial.

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01

Text of the article

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º . Creación . Para efectos del desarrollo y cumplimiento de lo previsto en el artículo 1º de la Ley 757 de 2002, créase una Comisión Intersectorial al más alto nivel, conformada por las siguientes autoridades: El Vicepresidente de la República o su delegado. El Ministro de Justicia y del Derecho. El Ministro de Hacienda y Crédito Público. El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS. Serán invitados permanentes a la Comisión: El Registrador Nacional del Estado Civil, o su delegado. El Procurador General de la Nación, o su delegado. El Contralor General de la República, o su delegado. El Fiscal General de la Nación, o su delegado.

Parágrafo 1

La Comisión se reunirá cuando fuere necesario por convocatoria que realice la Secretaría Técnica o previa solicitud de cualquiera de sus miembros.

Parágrafo 2

La Comisión tendrá una Secretaría Técnica, a cargo de la Vicepresidencia de la República.

Parágrafo 3

El Secretario Técnico de la Comisión Intersectorial podrá invitar funcionarios de otras entidades estatales y ciudadanos particulares, cuya presencia sea necesaria para la mejor ilustración de los diferentes temas sobre los cuales deba formular recomendaciones.

02

Constitutional history

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