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Article 2

Decreto 543 de 1970 · Por el cual se suprimen y crean unos empleos en la Oficina de Inspección y Evaluación Educativa y en la División de Bienestar Educativo del Ministerio de Educación Nacional.

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01

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Artículo segundo. Créanse los siguientes empleos: Oficina de Inspección y Evaluación Educativa No. de cargos Nombre del empleo Clase Categoría Sueldo 45 Inspectores de educación media y normalista II 23 $ 4.090 20 Inspectores de educación primaria ­­ 22 3.720 10 Inspectores de educación primaria ­­ 21 3.380 Divisió n d e B ienesta r Edu c a t ivo 2 Técnicos en educación III 23 3.380

a)

Título de licenciado en ciencias de la educación.

b)

Tres (3) años de experiencia en actividades docentes o de supervisión. Inspectores de educación primaria – 22: a) Título de normalista superior y primera categoría en el escalafón. b) Diez (10) años de experiencia en actividades docentes o de supervisión. Inspectores de educación primaria – 21: a) Título de normalista superior y primera categoría en el escalafón. b) Tres (3) años de experiencia en actividades docentes o de supervisión. Técnicos en educación III – 23: a) Títulos de licenciado en ciencias de la educación o bachiller técnico en el caso de quienes estén dedicados a la educación industrial o vocacional agrícola.

02

Constitutional history

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