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Article 34

Ley 11 de 1990 · por la cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia de Sociedades.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Superintendente de Sociedades tendrá un Consejo Asesor integrado por expertos en materia económica, financiera y de legislación general, de nombramiento y remoción del Superintendente, quien a la vez fijará sus honorarios.

El Consejo Asesor será un cuerpo consultivo y sus opiniones y dictámenes no obligarán al Superintendente. Este podrá convocarlo cada vez que lo crea conveniente y especialmente cuando sea necesario para decidir si se toma posesión de los negocios, bienes y haberes de una persona natural o jurídica en los casos autorizados por la ley, cuando se va a convocar de oficio a una sociedad vigilada a concordato o para consultar las reglamentaciones que sean del caso expedir en materia comercial.

Disposiciones varias.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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