La Sección de Lucha Antivenérea tendrá a; su cargo la orientación técnica y la unificación de normas; de la lucha contra las enfermedades venéreas que adelanta el Gobierno Nacional y de las campañas que en el mismo sentido realizan las entidades. departamentales y municipales y las instituciones particulares. El Jefe de la Sección dictará las normas técnicas reglamentarias de las disposiciones legales vigentes y de las que en el futuro se dicten, en busca de una mayor eficiencia en la lucha contra las enfermedades venéreas. Orientará la acción de los institutos profilácticas, dispensarios, puestos ¡profilácticos, salas de hospitalización de venéreos, etc. En colaboración; con la Sección respectiva fomentará la propaganda y educación, como complemento de esta campaña. Igualmente, en colaboración con el Departamento de Asistencia Social, vigilará el cumplimiento de las disposiciones legales, que imponen a los hospitales generales su colaboración en la campaña antivenérea. Sección de Educación y Propaganda.
Decreto 2392 de 1938 →In force
Article 29
La Sección De Lucha Antivenérea Tendrá A; Su Cargo La Orientación Técnica Y La Unificación De Normas; De La Lucha Contra Las Enfermedades Venéreas Que Adelanta El Gobierno Nacional Y De Las Campañas Que En El Mismo Sentido Realizan Las Entidades
Decreto 2392 de 1938 · poor el cual se organiza el Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión Social.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.