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Article 10

Afiliados Al Régimen Subsidiado

Decreto 1919 de 1994 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1298 de 1994

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Afiliados al régimen subsidiado. Serán afiliados en el régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud

1.

Todas aquellas personas vinculadas a la fuerza laboral como trabajadores independientes, sin vínculo contractual, legal o reglamentario y cuyos ingresos mensuales sean inferiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como su grupo familiar.

2.

Todas aquellas personas sin capacidad de pago, así como su grupo familiar, de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 144 del Decreto-ley 1298 de 1994 y demás disposiciones que los reglamenten.

3.

Todas las personas sin capacidad de pago, vulnerables por su situación de salud y que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud defina como prioritarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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