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Article 2

Estos Gastos Serán Pagados Por La Administración De Hacienda Nacional Del Magdalena, Una Vez Que Dichos Señores Presenten Las Cuentas De Cobro Debidamente Arregladas, Con El Páguese De La Gobernación, El Que Les Será Puesto Tan Pronto Como Hayan Comprobado Que Han Tenido Necesidad De Hacer Gastos Para El Desempeño De La Comisión Que Se Les Ha Confiado

Decreto 1036 de 1922 · Por el cual se vota una partida para atender a los gastos que demande la reivindicación de terrenos baldíos en el Departamento del Magdalena

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01

Text of the article

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° Estos gastos serán pagados por la Administración de Hacienda Nacional del Magdalena, una vez que dichos señores presenten las cuentas de cobro debidamente arregladas, con el páguese de la Gobernación, el que les será puesto tan pronto como hayan comprobado que han tenido necesidad de hacer gastos para el desempeño de la comisión que se les ha confiado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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