- Régimen Presupuestal. El manejo de los recursos presupuestales de la Superintendencia de Sociedades se sujetará a lo establecido para los establecimientos públicos en las normas orgánicas del Presupuesto General de la Nación. Los recursos necesarios para cubrir los gastos que ocasione el funcionamiento y la inversión en la Superintendencia de Sociedades se proveerán mediante la contribución a cargo de las entidades sometidas a su vigilancia o control, en los términos establecidos en el artículo 121 de la Ley 1116 de 2006 y demás normas que lo complementen, modifiquen o sustituyan. Adicionalmente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020, las cámaras de comercio pagarán la tarifa o contribución que permita recaudar los recursos necesarios para cubrir el servicio administrativo de supervisión de acuerdo con el presupuesto de ingresos que para el efecto establezca la Superintendencia de Sociedades.
Decreto 1736 de 2020 →In force
Article 4
- Régimen Presupuestal
Decreto 1736 de 2020 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.