Las Bajas De Los Alumnos Pueden Causarse A Solicitad Propia O A Solicitud De La Dirección De La Escuela, La Que Lo Hará En Los Siguientes Casos: A) Enfermedad Comprobada, Que Imposibilite Al Alumno Para Continuar Los Estudios, O Incapacidad Para Seguir La Instrucción Práctica Militar; B) Pérdida Del Curso Al Finalizar El Año, O Antes, Si Los Cómputos Parciales Contenidos En Tres O Más Materias, Permiten Ver Que El Alumno No Perderá Definitivamente El Año; C) Por No Presentar Exámenes Finales O De Habilitación En Las Fechas Fijadas, Sin Excusa Legítima; D) Por No Pagar Depósito, Pensión O Matrícula En Su Debido Tiempo; E) Falta De Vocación Para Continuar La Carrera De Las Armas; F) No Haber Constituido La Fianza Reglamentaria En Los Sesenta Días Posteriores A Su Ingreso; G) Contraer Matrimonio Durante El Tiempo De Permanencia Como Alumno; H) Faltas Cometidas Contra La Disciplina, La Moral O El Buen Nombre De La Institución, A Juicio De La Dirección De La Escuela, E I) No Obtener Las Calificaciones Reglamentarias En Conducta, Espíritu Militar Y Aptitud Para El Mando, Según El Curso
Decreto 1886 de 1941 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar de Cadetes
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Articulo 71. Las bajas de los alumnos pueden causarse a solicitad propia o a solicitud de la Dirección de la Escuela, la que lo hará en los siguientes casos
a)
Enfermedad comprobada, que imposibilite al alumno para continuar los estudios, o incapacidad para seguir la instrucción práctica militar;
b)
Pérdida del curso al finalizar el año, o antes, si los cómputos parciales contenidos en tres o más materias, permiten ver que el alumno no perderá definitivamente el año;
c)
Por no presentar exámenes finales o de habilitación en las fechas fijadas, sin excusa legítima;
d)
Por no pagar depósito, pensión o matrícula en su debido tiempo;
e)
Falta de vocación para continuar la carrera de las armas;
f)
No haber constituido la fianza reglamentaria en los sesenta días posteriores a su ingreso;
g)
Contraer matrimonio durante el tiempo de permanencia como alumno;
h)
Faltas cometidas contra la disciplina, la moral o el buen nombre de la Institución, a juicio de la Dirección de la Escuela, e
i)
No obtener las calificaciones reglamentarias en conducta, espíritu militar y aptitud para el mando, según el curso.
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Constitutional history
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