° Una vez reconocido el cargamento, la Aduana extenderá la liquidación de los derechos que se hayan causado, en los tres ejemplares del manifiesto que tenga en su poder, exigirá el pago, y expedirá la licencia de embarque al pie de uno de aquellos documentos y lo devolverá al exportador luégo que éste haya cubierto el impuesto. Si el cargamento no hubiere causado derechos, se extenderá la licencia de embarque inmediatamente después de que sea reconocido.
Decreto 454 de 1895 →In force
Article 6
Una Vez Reconocido El Cargamento, La Aduana Extenderá La Liquidación De Los Derechos Que Se Hayan Causado, En Los Tres Ejemplares Del Manifiesto Que Tenga En Su Poder, Exigirá El Pago, Y Expedirá La Licencia De Embarque Al Pie De Uno De Aquellos Documentos Y Lo Devolverá Al Exportador Luégo Que Éste Haya Cubierto El Impuesto
Decreto 454 de 1895 · Sobre formalidades para el cobro de los derechos de exportación del café
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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