º. El Instituto de Crédito Territorial y el Gobierno Nacional celebrarán en el Banco de la República un contrato de fideicomiso para la emisión y el servicio de los "Bonos de Vivienda y Ahorro" autorizados por medio del presente decreto, contrato que solamente requerirá para su validez la aprobación del Presidente de la República, previo concepto favorable del Consejo de Ministros.
Article 4
El Instituto De Crédito Territorial Y El Gobierno Nacional Celebrarán En El Banco De La República Un Contrato De Fideicomiso Para La Emisión Y El Servicio De Los "bonos De Vivienda Y Ahorro" Autorizados Por Medio Del Presente Decreto, Contrato Que Solamente Requerirá Para Su Validez La Aprobación Del Presidente De La República, Previo Concepto Favorable Del Consejo De Ministros
Decreto 1465 de 1953 · Por el cual se fomenta la construcción de viviendas económicas por intermedio del Instituto de Crédito Territorial
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