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Article 2

º

Decreto 676 de 1999 · por el cual se ordena la emisión de los títulos de deuda pública interna denominados "Bonos de Solidaridad para la Paz", se fijan las características de su emisión, los plazos de suscripción y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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º. Características de los Bonos de Solidaridad para la Paz

a)

Serán títulos a la orden, denominados en moneda legal;

b)

Se emitirán a partir del mes de mayo del año de 1999;

c)

Tendrán un vencimiento de siete (7) años, contados a partir de la fecha en que se efectúe la inversión primaria;

d)

Generarán intereses anuales vencidos, en un porcentaje igual al ciento diez por ciento (110%) de la variación de precios al consumidor para ingresos medios certificados por el Dane para el año respectivo, definido como aquel cuyo vencimiento haya ocurrido dos (2) meses calendario antes de la fecha de exigibilidad de los intereses;

e)

Los intereses se pagarán en siete (7) vencimientos anuales iguales y sucesivos, el primero de los cuales tendrá lugar un (1) año después de la fecha en que se realice la inversión primaria;

f)

Serán colocados por las instituciones financieras que autorice el Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

g)

Se emitirán, colocarán y circularán en forma desmaterializada;

h)

Se podrán fraccionar en múltiplos de un mil pesos ($1.000), siempre que el valor nominal mínimo de los títulos resultantes no sea inferior a cien mil pesos ($100.000);

i)

Serán libremente negociables en el mercado de valores;

j)

La inversión se deberá liquidar y pagar aproximando el valor a invertir al múltiplo de mil (1.000) más cercano;

k)

A partir de la fecha de su vencimiento, serán redimidos a través de las instituciones financieras que autorice el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en moneda legal colombiana por el ciento por ciento (100%) de su valor nominal y se podrán utilizar para el pago de impuestos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses que administre la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Parágrafo

Para efectos de su negociabilidad en las bolsas de valores el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General de Crédito Público- solicitará su correspondiente inscripción.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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