°. En uno de los últimos cuatro días de cada mes y a la hora que fije el Presidente de la Republica, se reunirán en el Palacio presidencial el Presidente y los Ministros del despacho, con el objeto de acordar las erogaciones que puedan autorizarse para el mes siguiente, además de los gastos ordinarios del servicio público. En esta reunión actuara como Secretario e Presidente de la Republica, y de lo que se acuerde en ella se extenderá un acta, que se enviara en copia a cada uno de los Ministerios.
Article 1
En Uno De Los Últimos Cuatro Días De Cada Mes Y A La Hora Que Fije El Presidente De La Republica, Se Reunirán En El Palacio Presidencial El Presidente Y Los Ministros Del Despacho, Con El Objeto De Acordar Las Erogaciones Que Puedan Autorizarse Para El Mes Siguiente, Además De Los Gastos Ordinarios Del Servicio Público
Decreto 1762 de 1923 · Por el cual se reglamenta la autorización de gastos y se organiza el servicio de Tesorería
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