La Contraloría General de la República se abstendrá de visar giros correspondientes a partidas de auxilios a establecimientos privados de educación, mientras no comprueben haber mantenido las tarifas fijadas por el Ministerio de Educación Nacional y el número de estudiantes becados que les corresponda, de acuerdo con la proporción establecida por resolución de dicho Ministerio, reglamentaria de este artículo, cuando las pensiones sean mayores de cincuenta pesos ($ 50.00) mensuales para el externado, y de ciento cincuenta pesos ($ 150.00) mensuales para el internado, en cualquiera de los cursos. Además, los establecimientos de educación que reciban auxilios del Estado están obligados a no exigir a los estudiantes uniformes ni contribuciones especiales o extraordinarias de cualquier índice.
Ley 93 de 1965 →In force
Article 23
Ley 93 de 1965 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1966.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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