Son Funciones De La División De Cobranzas: A) Elaborar Y Orientar Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones De Cobranzas Para Las Administraciones Y Recaudaciones De Impuestos Nacionales; B) Elaborar Los Manuales De Procedimiento Y Establecer Las Guías De Supervisión Para El Control De Los Programas Adoptados; C) Controlar El Cumplimiento De Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones En Las Unidades De Cobranzas De Las Administraciones De Impuestos Nacionales E Impartir Instrucciones Para Corregir Las Irregularidades Que Se Presenten; D) Vigilar El Trámite De Los Procesos Que Adelanten Las Unidades De Cobranzas De Las Administraciones De Impuestos Nacionales Y Asesorarlas En El Cumplimiento De Sus Funciones; E) Determinar Y Preparar La Información Que Requiera De Procesamiento Automático Y Controlar Los Procedimientos Tendientes A Corregir Los Errores E Inconsistencias Que Se Registren; F) Realizar Estudios Sobre Cartera Morosa No Recuperada, Sobre El Comportamiento Del Recaudo Obtenido Por Recuperación De Cartera Morosa, Efectuar Proyecciones Por Administración De Impuestos Nacionales Y Elaborar Los Cuadros Estadísticos Necesarios; G) Programar Y Controlar La Ejecución De La Partida "defensa De Hacienda Pública", En Desarrollo De Los Planes De Recuperación De La Cartera Por Cobrar; H) Absolver Las Consultas, En Relación Con La Ejecución De Los Programas Establecidos Que Formulen Las Secciones De Cobranzas De Las Administraciones De Impuestos Nacionales Y Las Recaudaciones De Impuestos Nacionales, E I) Asesorar Y Supervisar, De Acuerdo Con Las Órdenes Impartidas Por El Subdirector De Recaudo, En Casos Individuales, A Los Funcionarios Investidos De Jurisdicción Coactiva
Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
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Son funciones de la División de Cobranzas
a)
Elaborar y orientar los programas, manuales, reglamentos e instrucciones de Cobranzas para las Administraciones y Recaudaciones de Impuestos Nacionales;
b)
Elaborar los manuales de procedimiento y establecer las guías de supervisión para el control de los programas adoptados;
c)
Controlar el cumplimiento de los programas, manuales, reglamentos e instrucciones en las unidades de Cobranzas de las Administraciones de Impuestos Nacionales e impartir instrucciones para corregir las irregularidades que se presenten;
d)
Vigilar el trámite de los procesos que adelanten las unidades de Cobranzas de las Administraciones de Impuestos Nacionales y asesorarlas en el cumplimiento de sus funciones;
e)
Determinar y preparar la información que requiera de procesamiento automático y controlar los procedimientos tendientes a corregir los errores e inconsistencias que se registren;
f)
Realizar estudios sobre cartera morosa no recuperada, sobre el comportamiento del recaudo obtenido por recuperación de cartera morosa, efectuar proyecciones por Administración de Impuestos Nacionales y elaborar los cuadros estadísticos necesarios;
g)
Programar y controlar la ejecución de la partida "Defensa de Hacienda Pública", en desarrollo de los planes de recuperación de la cartera por cobrar;
h)
Absolver las consultas, en relación con la ejecución de los programas establecidos que formulen las Secciones de Cobranzas de las Administraciones de Impuestos Nacionales y las Recaudaciones de Impuestos Nacionales, e
i)
Asesorar y supervisar, de acuerdo con las órdenes impartidas por el Subdirector de Recaudo, en casos individuales, a los funcionarios investidos de jurisdicción coactiva.
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Constitutional history
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