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Article 2

Modificación

Decreto 1565 de 2022 · por el cual se adiciona una Sección al Capítulo 1 del Título 1 de la parte 6 del libro 2 del Decreto 1070 de 2015 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, en lo relacionado con la capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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°. Modificación. Modifíquese el artículo 2.6.1.1.3.4.2 del Decreto 1070 de 2015, el cual quedará así: “ Artículo 2.6.1.1.3.4.2. Capacitación y Entrenamiento en Lugar Diferente a la Sede Principal, Sucursales o Agencias. Capacitación fuera de sede principal, sucursales o agencias: Las Escuelas y Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada que requieran realizar capacitación fuera de la sede principal, de las sucursales o agencias autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada deberán solicitar autorización previa por lo menos con diez (10) días calendario de la fecha para realizar dicha capacitación, en todo caso deberán allegar la siguiente documentación

1.

Solicitud dirigida a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada se­ñalando el curso o cursos de capacitación que se van a dictar.

2.

Relación de la fecha de inicio y terminación, así como las horas en las cuales se realizará la capacitación.

3.

La relación del personal docente que va a impartir la capacitación.

4.

La relación del personal a capacitar con nombre completo y número de docu­mento de identidad.

5.

Dirección del lugar en el cual se impartirá la capacitación.

6.

Los medios que se van a utilizar en el desarrollo de la capacitación.

Parágrafo 1

Las instalaciones y/o infraestructura en las que se realice la capacitación fuera de sede, deberán contar por lo menos con un ambiente pedagógico básico, servicios sanitarios, área de cafetería y ruta de evacuación de que trata el artículo 2.6.1.1.13.1.10 del presente Decreto.

Parágrafo 2

Una vez terminado el curso la Escuela o Departamento de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada, deberá remitir a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada la relación del personal capacitado, y los recursos utilizados, a través de los medios o herramientas que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada determine.”

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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