El Gobierno dispondrá, tan pronto como esta Ley entre en vigencia, que se haga una edición de ella, junto con los títulos décimo y undécimo del Código de Comercio y las leyes que los adicionan y reforman, como también con las disposiciones legales sobre cheques, y con una rigurosa concordancia. En dicha codificación se anotarán las reformas hechas por la presente Ley a cada una de las disposiciones anteriores a ella. La edición deberá hacerse en español, inglés y francés , y se, enviarán ejemplares de ella a los Agentes Diplomáticos, Consulares y de Propaganda de la República en el Exterior.
Ley 46 de 1923 →In force
Article 192
Ley 46 de 1923 · Sobre instrumentos negociables
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.